El Código Penal (CP) contempla en sus artículos 550 y siguientes la regulación de los delitos de atentado a la autoridad, enmarcando el tipo objetivo y subjetivo de dicha figura jurídico-penal. Así pues, el hecho de agredir a un médico puede considerarse atentado a la autoridad si se realiza con violencia o intimidación grave. Lo que habitualmente en derecho penal podría ser un delito de lesiones, en estas situaciones nos encontramos con un elemento subjetivo determinante para la tipificación delictiva.
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