Delito de Apropiación Indebida

La apropiación indebida es uno de los delitos contra la propiedad privada que con más frecuencia se producen. Dado el impacto que estos delitos tienen sobre la víctima y el acusado en los casos de apropiación indebida debe ser dirigida por letrados penalistas expertos.

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El DERECHO A LA PROPIEDAD PRIVADA se encuentra recogido y reconocido en el artículo 33 de la Constitución Española de 1978.

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El propio artículo 33, en su punto tercero, determina que “nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.”

Es decir, que fuera de los supuestos previstos por las leyes, cualquier privación de los bienes o derechos propiedad de un sujeto tendrá la consideración de ilegítima, pudiendo el perjudicado obtener el amparo de la Administración de Justicia y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

El Código Penal, en su Título XIII, clasifica los distintos delitos contra el derecho a la propiedad, en función de la comisión de los mismos, así como la gravedad de la pena por sus consecuencias.

1.- ¿DÓNDE SE REGULA Y EN QUÉ CONSISTE LA APROPIACIÓN INDEBIDA?

Encuadrado dentro del Capítulo VI del Título XIII del Código Penal, relativo a las defraudaciones, encontramos los artículos 253 y 254, que nos señalan qué ha de entenderse por apropiación indebida.

Así, establece el artículo 253 que será considerado como autor responsable de un delito de apropiación indebida el que, en perjuicio de otro, se apropiare para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubiera recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubiera sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negare haberlos recibido.”

Es decir, que podrá ser castigado penalmente quien, perjudicando a su legítimo propietario, Y SIN CONSENTIMIENTO DEL MISMO, se apropie de un bien ajeno que se haya recibido en concepto de custodia o depósito, es decir, con la obligación de ser guardado.

Algunos ejemplos de apropiación indebida que encontramos a diario podrían ser: quedarse con las vueltas de la compra del pan, si el dinero nos lo ha dado nuestra madre, cobrar una cantidad a nombre de un tercero (habiendo recibido previamente orden del beneficiario) y no entregarla, tener la obligación de destinar un dinero recibido para la construcción de una vivienda y gastarlo en otras cosas, etc…

2.- ¿CUÁLES SON, POR TANTO, LOS ELEMENTOS PRINCIPALES DEL DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA?

– Perjuicio provocado al legítimo propietario del bien o derecho.

– Obligación de posterior devolución o entrega del bien recibido.

– Retención del bien o derecho, sin consentimiento del legítimo propietario.

3.- ¿CUÁLES SON LAS PENAS PREVISTAS POR EL CÓDIGO PENAL PARA EL RESPONSABLE DE UN DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA?

Las condenas a cumplir son similares al delito de estafa, por cuanto el artículo 253 del Código Penal nos remite al contenido de los artículos 249 y 250.

En función de las circunstancias, de la comisión del delito, así como de las consecuencias, las penas podrán extenderse hasta seis años de prisión, así como multa.

4.- APARTE DE LO YA CONTADO, ¿HAY OTRA MANERA DE COMETER UN DELITO DE APROPIACIÓN INDEBIDA?

Sí, y es más común de lo que nos pensamos, incluso sin tener conciencia de estar cometiendo un delito.

A ella se refiere el artículo 254, cuando expone que “quien, fuera de los supuestos del artículo anterior, se apropiare de una cosa mueble ajena, será castigado con una pena de multa de tres a seis meses”.

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¿y a qué supuestos se refiere? Por ejemplo, encontrarse una cartera en la calle y quedarse con su contenido, recibir por error un abrigo en un guardarropa y no devolverlo, etc…

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2 Comments

  • 09/11/2018 Posted
    Carol arriagada

    Tengo una consulta , si el padre de mi hijo fallecio , y dejo vehiculos asu nombre y los padres se quedaron y cobraron finiquito y sueldo y aparte sacaron dinero de cuentas siendo mi hijo el unico heredero , yo puedo demandar para que me devuelvan todo

    • 10/11/2018 Posted
      Abogado Penalista

      Carol,
      Es necesario estudiar cada caso concreto con detalle, pero en principio la conducta que describe podría ser constitutiva de una apropiación indebida.

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