Denuncia de violencia de género

Los delitos de Violencia de Género protegen a la mujer de las agresiones machistas. El legislador ha diseñado un procedimiento diferente al resto de delitos para la denuncia de violencia de genero.

Denuncia de violencia de género

Como sabemos, cualquier ciudadano que sea testigo de un delito, tiene la OBLIGACIÓN de denunciarlo.

En este caso, no tiene por qué ser la víctima la que denuncie.

En la práctica, aunque poco a poco se va modulando, una vez realizada la denuncia, el HOMBRE es DETENIDO y mantenido en situación de detención hasta su puesta a disposición judicial, lo que puede ocurrir a las 72 horas, como estuvimos hablando la semana pasada.Denuncia de Violencia  Abogado penal penalista violencia de genero

Procedimiento de la denuncia

Se trata de un protocolo de actuación, con la intención de evitar que la denunciante sufra daños mayores a los denunciados. ¿dónde queda la presunción de inocencia?

En mi opinión se da una inversión de la carga de la prueba, UNA PRESUNCIÓN DE CULPABILIDAD.

Una vez que el detenido es puesto a disposición judicial, si la mujer que ha realizado la denuncia de violencia ha solicitado la adopción de orden de protección u orden de alejamiento, se produce una “vistilla” en la que, de manera sumaria, se deciden medidas tan importantes como la obligación de abandonar la vivienda familiar, la adopción de un régimen de guarda, custodia y visitas respecto de los hijos comunes, la adopción de una pensión de alimentos e incluso la prohibición de aproximarse a la vivienda, a la mujer (y por ende a la familia) o comunicarse con ella, medidas todas ellas previstas en el artículo 544 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Bajando a la arena, nos vemos en la situación de un hombre que, tras dos días en un calabozo, se presenta ante el Juez esposado, desaseado, triste, abatido. Solo por la pinta ese hombre ya es culpable.

Asimismo, la vistilla en condiciones normales simplemente viene precedida de unas pocas diligencias de instrucción como son la toma de declaración de la mujer denunciante y la toma de declaración del denunciado.

Las medidas provisionales de naturaleza civil, de ser adoptadas, tienen una duración de un mes, durante el cual se ha de presentar demanda de divorcio.

Tras esto, existe la posibilidad de que se enjuicien los hechos por el procedimiento de juicio rápido o de diligencias previas normales, en función de la complejidad de la instrucción.

Madrid, Barcelona, Valencia, Salamanca, Valladolid

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