Administración Desleal: Incumplimientos del Administrador

Incumplimientos del AdministradorSi tiene problemas vinculados al Delito de Administración Desleal cuente con el respaldo de nuestros abogados especializados en delitos económicos.

Continuamos el estudio de la Administración Desleal estudiando los posibles incumplimientos de los deberes del administrador en la sociedad de capitales.

¿QUÉ OCURRE SI UN ADMINISTRADOR, EN EL DESEMPEÑO DE SU CARGO, INCUMPLE SUS DEBERES O SE APARTA DEL MANDATO LEGAL?

La actividad de un Administrador, a pesar de venir reglada por las distintas Leyes, permite un amplio marco de decisiones, que pueden ir en un sentido o en otro. Un gran espectro que puede suponer el éxito o el fracaso de la sociedad administrada. Los incumplimientos del Administrador pueden tener diferentes orígenes.

Sin embargo, como hemos señalado, existen fronteras que proscriben determinados comportamientos. Actuar fuera de las mismas supone que el Administrador incurre en responsabilidad por sus actos.

Debemos acudir a los artículos 236 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital para conocer, desde el punto de vista civil y mercantil, cuáles son las responsabilidades que le esperan a un Administrador en caso de que su comportamiento se aparte del mandato legal.

Por un lado, el propio artículo 236, determina que los administradores, en el ejercicio de su cargo, responderán frente a la propia sociedad, frente a los socios y frente a los acreedores, del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la Ley, a los estatutos o incumpliendo los deberes inherentes a su cargo, siempre y cuando haya intervenido dolo o culpa.

Como vemos, tres son los planos de responsabilidad que se rezan respecto de un Administrador. No debemos olvidar que entre los acreedores se puede encontrar incluso la Administración Pública.

Determinados los incumplimientos del Administrador, podrá reclamarse su responsabilidad.

Incumplimientos del Administrador

¿QUÉ ES EL DOLO Y QUÉ ES LA CULPA?

Se trata de dos figuras jurídicas que se pueden definir de la siguiente manera?

1.- Dolo: Voluntad de realizar un acto contrario a la ley, conociendo la ilegalidad del mismo.

2.- Culpa: También conocido como “negligencia”, se define como culpa “voluntaria omisión de diligencia en calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho”